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Subvenciones varias de cultura
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datos de la subsección
Descripción:

Subvenciones varias de cultura

Quien lo puede Presentar:

Los colectivos culturales que realicen sus actuaciones, proyectos en Agüimes,   y  que sean vecinos y vecinas del municipio de Agüimes los beneficiarios de sus intervenciones.

Plazos de Presentación:

Desde el sábado 5 de diciembre de 2020 al lunes 4 de enero de 2021

Organo Gestor:

Concejalía de Cultura del Ayuntamiento de Agüimes

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver el procedimiento de concesión de las subvenciones será de tres meses computados desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, siendo la Junta de Gobierno de Local el órgano competente para su concesión, previo dictamen de la  Concejalía, que actuará como órgano instructor.

Efecto del silencio Administrativo: No procede
Normativa básica:

Las presentes bases de convocatoria de subvenciones a entidades culturales se establecen conforme a la Ordenanza Reguladora de Subvenciones del Ayuntamiento de Agüimes (en adelante ORSA), aprobada definitivamente en sesión plenaria 25 de julio de 2005 y publicada en el BOP número 97 de 1 de agosto de 2005 (puede ser consultada en www.aguimes.net) y por  la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS), así como por las Bases de ejecución del presupuesto general del Ayuntamiento de Agüimes. 

Pago de tasas:

No está sujeta a tasa

Información Adicional: Subvenciones varias de Cultura

Solicitud general, Explicación del proyecto, Certificación de cargos representativos , Declaración responsable, Modelo de gastos/ingresos

Documentación relacionada:
Declaración responsable

Declaración responsable

Justificación de cuentas

Justificación de cuentas

Nivel de identificación del solicitante:
Alto:
Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a Presentar:

Documentación requerida I

  • Solicitud
  • Memoria explicativa del proyecto
  • Certificado de cargos de la entidad
  • Modelo de gastos/ingresos
  • Declaración responsable
  • Cuenta justificativa

Documentación requerida II (será aportada por esta administración, a no ser que sea rechazado expresamente por el ciudadano)

  • Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento.
  • Certificado de estar al corriente de la Seguridad Social
  • Certificado de estar al corriente de la Hacienda Canaria
  • Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria Estatal.