Inicio   --   Mapa Web  --  Portal Web

Alta, baja y modificación en el suministro de agua
Volver

datos de la subsección
Descripción:

Alta en el suministro de agua

Finalidad: que se conceda el suministro de agua potable para vivienda
Quien lo puede Presentar:

El propietario de la vivienda

Plazos de Presentación: sin plazo
Organo Gestor: Concejalía de Hacienda
Plazo de resolución: Tres meses a partir de la presentación de la solicitud.
Efecto del silencio Administrativo: Desestimatorio
Recursos: Recurso potestativo de reposición.
Normativa básica: Ley General tributaria, Real decreto que aprueba el Reglamento General de Recaudación. Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Comun. Ley 39/2015., Ordenanza reguladora del servicio de abastecimiento de agua BOP 23/08/2015. T.S10 por prestación del servicio de distribución de agua a domicilio.
Pago de tasas: Está sujeta a tasa
Información Adicional:

Alta suministro de agua

Nivel de identificación del solicitante:
Alto:
Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a Presentar:
  • Solicitud
  • Identificación del título de propiedad
  • Referencia catastral
  • Certificado de instalación
  • Impreso de domiciliación bancaria
  • Certificación final de obras
  • Licencia de apertura en caso de industrias
  • Declaración responsable para la primera utilizacion y ocupación de edificaciones e instalaciones